Éxodo 22

1 Si alguno robare un buey u oveja, los matare o vendiere, restituirá cinco bueyes por un buey, y cuatro ovejas por una oveja.

2 Si un ladrón fuese hallado forzando de noche o socavando una casa, y siendo herido muriere, el matador no será reo de muerte.

3 Pero si lo hiciere después de salido el sol, cometió un homicidio, y así también debe él morir. El ladrón que no tuviere con qué restituir, él mismo ha de ser vendido.

4 Si lo que hurtó se hallare vivo en su poder, sea buey, sea asno o sea oveja, debe restituir el doble,

5 Si alguno causare daño en un campo o viña y dejare a su jumento pacer la heredad ajena, restituirá de lo mejor que tuviere en su campo o viña, a proporción del daño.

6 Si tomando cuerpo el fuego prendiere en las espinas o matorrales y abrasare los montones de los frutos o las mieses que están por segar en los campos, pagará el daño aquel que encendió el fuego.

7 Si alguno depositare dinero o alhaja en casa de su amigo, y se la robaren al depositario; ÉXODO si se halla el ladrón, restituirá éste el doble.

8 Si el ladrón no parece, el dueño de la casa será presentado ante los jueces, y jurará no haber tocado al depósito de su prójimo,

9 ni tenido parte en el hurto, ya sea de buey, ya del asno, ya de oveja, o bien de ropa o cualquiera otra cosa que puede ocasionarle daño; la causa de ambos se ventilará ante los jueces, y si ellos le condenaren, restituirá el doble a su prójimo.

10 Si alguno diere a guardar a su prójimo un asno, buey, oveja o cualquier jumento, y éste muriere, o fuere estropeado, o cogido por los enemigos sin que nadie lo haya visto,

11 se interpondrá juramento de que no tocó la hacienda de su prójimo, y el dueño se dará por satisfecho con el juramento, y el otro no será obligado a resarcir.

12 Pero si la bestia ha sido robada por descuido, pagará el daño;

13 si destrozada por alguna fiera, tráigasela muerta al dueño, y no tendrá que pagar nada.

14 El que pidiere prestadas cosas de este género a su prójimo, y alguna se estropeare o muriere no estando presente el dueño, será obligado a la restitución.

15 Pero si el dueño se hallare presente, no deberá restituir; mayormente si fuese alquilada, pues que paga el alquiler por el uso de ella. Contra los deshonestos, hechiceros e idólatras

16 Si alguno sedujese a una doncella todavía no desposada y durmiere con ella, la dotará y tomará por mujer.

17 Si el padre de la doncella no quiere dársela, dará la cantidad de dinero correspondiente a la dote que suelen recibir las esposas.

18 No sufrirás que los hechiceros queden con vida.

19 El que pecare con una bestia, sea castigado de muerte.

20 Quien ofreciere sacrificio a otros dioses, si no es a sólo el Señor, será muerto. Los desvalidos

21 No contristarás ni oprimirás al extranjero, ya que también vosotros fuisteis extranjeros en tierra de Egipto.

22 No haréis daño a la viuda ni al huérfano.

23 Si se lo hiciereis, clamarán a mí y yo escucharé sus clamores,

24 y encenderse ha mi enojo, y os haré perecer a cuchillo, y vuestras mujeres quedarán viudas, y huérfanos vuestros hijos.

25 Si prestares dinero al necesitado de mi pueblo que mora contigo, no le has de apremiar como un exactor, ni oprimirle con usura.

26 Si recibieres de tu prójimo su vestido o manta, en prenda, se lo volverás antes de ponerse el sol;

27 supuesto que no tiene otro con que cubrirse y abrigar sus carnes, ni con que dormir, o arroparse de noche. Si clamare a mí, le oiré, porque Yo soy misericordioso. Preceptos varios

28 No hablarás mal de los jueces, ni maldecirás al príncipe de tu pueblo.

29 No serás perezoso en pagar tus diezmos y tus primicias; me darás el primogénito de tus hijos.

30 También has de hacer lo mismo con el de tus bueyes y ovejas; siete días estará con su madre, y el día octavo me lo ofrecerás.

31 Seréis vosotros unos hombres consagrados a mi servicio; no comeréis la carne que antes haya sido gustada de las bestias, sino que la echaréis a los perros.